Dentro del expediente TEEG-REV-23/2024 y su acumulado TEEG-JPDC-68/2024, Morena y diversas personas que pretenden integrar la planilla para contender en la próxima elección en Celaya, se inconformaron con un requerimiento realizado por la Secretaría Ejecutiva del IEEG y de la determinación en donde se niega la sustitución de la candidatura a presidencia municipal por un hombre.

El Tribunal declaró por mayoría, por una parte, no entrar al estudio del asunto y revocar el acuerdo emitido. En lo relativo al primer punto, se determinó así porque algunas de las personas inconformes no firmaron la demanda de juicio ciudadano; además de que el oficio de requerimiento se trata de un acto interno del partido que deben resolverlo por ellos mismos.

Respecto al segundo punto se revocó porque contrario a lo señalado por el Instituto no existe una laguna legal para el caso de sustituciones, incumpliendo el IEEG con su obligación de buscar en la mayor medida de lo posible una armonización entre la decisiones internas del partido y la postulación paritaria entre hombres y mujeres, dejando de observar que la solicitud de sustitución de la candidatura a la presidencia municipal por un hombre, no vulnera el principio de paridad porque la conformación de sus candidaturas en bloque es igualitaria.

En el desarrollo de la sesión pública estuvieron las magistradas, María Dolores López Loza, presidenta de este Tribunal y titular de la Primera Ponencia; Yari Zapata López, titular de la Segunda Ponencia; el magistrado titular de la Tercera Ponencia, Alejandro Javier Martínez Mejía; así como el secretario general, Juan Antonio Macías Pérez.