En sesión pública, el Pleno del Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato (TEEG), resolvió un juicio electoral y un procedimiento especial sancionador. El juicio TEEG-JE-08/2026 se inició por la denuncia de violencia política contra las mujeres en razón de género, presentada por una regidora de un ayuntamiento, en contra del acuerdo dictado por la Unidad Técnica de lo Contencioso del IEEG, mediante el cual se desechó parcialmente su queja y se declaró incompetente.

El Tribunal, por unanimidad, determinó revocar el acuerdo impugnado, dejando sin efecto las vistas a la Comisión Nacional de Justicia Intrapartidaria de Movimiento Ciudadano y a una Contraloría municipal. Asimismo, se ordenó a la Unidad Técnica del Instituto llevar a cabo diversas acciones para garantizar el acceso a la justicia de la denunciante.

El procedimiento especial sancionador TEEG-PES-08/2026 se inició por la denuncia de una regidora de un ayuntamiento por violencia política contra las mujeres en razón de género, presuntamente ejercida mediante mensajes difundidos a través de WhatsApp. Tras el análisis realizado por el Tribunal, se dio por concluido el asunto ante la imposibilidad de identificar a las personas denunciadas y se declaró la inexistencia de violencia política contra las mujeres en razón de género.

En la sesión pública estuvieron presentes Yari Zapata López, magistrada presidenta de este Tribunal y titular de la Segunda Ponencia; los magistrados, Juan Antonio Macías Pérez, titular de la Primera Ponencia y Pablo Roberto Sharpe Calzada, titular de la Tercera Ponencia; así como el secretario general, Alejandro Javier Martínez Mejía.