El TEEG-PES-84/2024 lo inició Morena en contra de la coalición “Fuerza y Corazón por Guanajuato” y su entonces candidata a la gubernatura del Estado por la presunta elaboración y/o distribución de propaganda electoral utilitaria fabricada con material diverso al textil.
El Tribunal declaró inexistencia de infracciones electorales porque se acreditó que durante sus eventos de campaña en los municipios realizó la entrega de parches adheribles a las personas asistentes, los cuales contenían su propaganda, pero no se demostró con qué material se confeccionaron.
El TEEG-PES-142/2024 lo inició el PAN en contra de Morena y de una entonces diputada local, por promoción personalizada mediante uso indebido de recursos públicos, así como actos anticipados de campaña, derivado de su participación en una entrevista realizada a través de una radiodifusora.
El Tribunal declaró inexistencia de infracciones a la ley electoral, respecto de la promoción personalizada porque en la entrevista la denunciada no solicitó apoyo personal, ni a la institución o cargo que se encontraba ejerciendo en ese momento, tampoco destacaron sus cualidades personales, logros políticos o económicos, partido de militancia, o alguna frase relativa a una acción de gobierno; y en cuanto a los actos anticipados de campaña no se comprobó su intención de posicionarse con fines electorales, ni hizo un llamado a votar a favor o en contra de ningún partido o persona.
En el desarrollo de la sesión pública estuvieron las magistradas, María Dolores López Loza, presidenta de este Tribunal y titular de la Primera Ponencia; Yari Zapata López, titular de la Segunda Ponencia; el magistrado titular de la Tercera Ponencia, Alejandro Javier Martínez Mejía; así como el secretario general, Juan Antonio Macías Pérez.